Determinación de coeficiente y su impacto en la operación de la empresa
- BFT López Weitzman
- 16 abr 2020
- 2 Min. de lectura
Un tema bastante buscado en temas fiscales es el relativo a los pagos provisionales y claro está, al coeficiente de utilidad que se debe aplicar para poder calcular dichos pagos.
Un punto medular en el pago de los impuestos, es el coeficiente de utilidad con que cuenta la empresa para hacer sus pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta, ahora bien, ¿qué es el coeficiente de utilidad?

Es el porcentaje de utilidad obtenido del ejercicio anterior, convertido en fracción, y representa la utilidad por los ingresos obtenidos durante ese ejercicio, y con base a éste se calculan los pagos provisionales mensuales para el siguiente año fiscal.
Cálculo del coeficiente de utilidad
La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) en su artículo 14 Fracción I. se establecen los pasos y procedimiento para determinar el coeficiente de unidad. El coeficiente de utilidad se determina con los datos del último ejercicio fiscal de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado la declaración anual. Para este efecto, la utilidad fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente, se dividirá entre los ingresos nominales del mismo ejercicio.[1] Dicho procedimiento se lo presentamos a continuación de manera sencilla y clara:
Concepto / Cantidad
Ingresos acumulables
7,823,000
(-)Deducciones autorizadas
7,149,680
(-)PTU pagada en el ejercicio
125,600
(=)Utilidad fiscal
547,720
Concepto / Cantidad
Ingresos acumulables
7,823,000
(-)Ajuste anual por inflación acumulable
133,970
(=)Ingresos nominales
7,689,030
Concepto / Cantidad
Utilidad fiscal
547,720
(/)Ingresos nominales
7,689,030
(=)Coeficiente de utilidad
0.0712
Como podemos ver el coeficiente de utilidad no muestra una relación con el ejercicio actual, sino con las cifras del ejercicio inmediato anterior de doce meses y simplemente es un estimado de lo que la autoridad considera será nuestra utilidad en el ejercicio fiscal que se encuentra corriendo. Por tal motivo en algunas ocasiones las empresas se encuentran obligadas a presentar pagos provisionales calculados en la situación económica que acontecía en años pasados la cual resultaba ser buena, o quizá en ejercicios que fueron variables, pero financieramente viables.
¿Y si tuvimos pérdida fiscal?
En el caso de no poder calcular un coeficiente de utilidad por haber tenido pérdidas fiscales, lo que tendremos que hacer es tomar el último coeficiente de utilidad calculado en hasta 5 años anteriores.
Es importante destacar que, si es el primer año de actividad, al tener pérdida fiscal no se podrá calcular coeficiente alguno.
[1] La Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 14 (Última Reforma DOF 09-12-2019)
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